Dos Decreto-Leyes y cuatro resoluciones publicados ayer en la Gaceta Ofical ofrecen nuevas garantías a la maternidad, establecen beneficios económicos para la mujer trabajadora y refuerzan el papel de la familia en el cuidado de los menores, aseguraron funcionarios en conferencia de prensa en La Habana.
Yusimí Campos Suárez, viceministra del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), destacó que el Decreto-Ley No. 339 «De la maternidad de la trabajadora», emitido por el Consejo de Estado, establece que si la madre decide reincorporarse al trabajo una vez concluida la licencia pre y posnatal, y antes de que el menor cumpla el año de vida, podrá seguir recibiendo la prestación social a que tiene derecho con su salario.
«Esto quiere decir que la cuantía de la prestación mensual que recibe la madre trabajadora no puede ser inferior al salario mínimo vigente en el país y, en el caso de que suceda así, pues serán aumentadas a dicha cifra», comentó la viceministra.
También entró en vigor el Decreto-Ley No. 340 Modificativo de Regímenes Especiales de Seguridad Social en cuanto a la Protección a la Maternidad, mediante el cual se garantiza que el periodo correspondiente al disfrute de la prestación por maternidad, o por incapacidad debida a enfermedad o accidente, así como por otras causas establecidas en la Ley, sea considerado como tiempo de contribución a los efectos del derecho a la prestación económica.
Esta regulación favorece también a los trabajadores por cuenta propia, usufructuarios de tierra, socios de cooperativa no agropecuarias; creadores, artistas, técnicos y personal de apoyo a estos, así como a los trabajadores asalariados del sector.
OTROS BENEFICIOS PARA LA MUJER CUENTAPROPISTA
La Resolución No. 26 del Ministerio de Finanzas y Precios, modifica la Ley número 113 «Del Sistema Tributario», del 23 de julio del 2012, y establece que las trabajadoras por cuenta propia, que sean madres de dos o más hijos menores de 17 años, se les reducirá el 50 % el pago de las cuotas mensuales del Impuesto sobre Ingresos Personales.
Adalberto Carbonell Sotto, director general de Política Fiscal del Ministerio de Financias y Precios (MFP), aclaró que «para lograr este beneficio la trabajadora deberá presentar en la Oficina Municipal de la Administración Tributaria la solicitud, acompañada de su carné de identidad y el de sus hijos».
Lo establecido forma parte del estudio y perfeccionamiento sistemático que sobre estos temas mantiene el Estado cubano con el propósito de atender los elevados niveles de envejecimiento de nuestra población y estimular la fecundidad, aseguraron los directivos.
PROTECCIÓN A LOS NIÑOS EN EL CÍRCULO INFANTIL
Las nuevas resoluciones No. 5 y No. 6 del Ministerio de Educación (MINED) fijan los procedimientos para el ingreso de los menores a los internados y seminternados de la educación primaria y a los círculos infantiles.
María de los Ángeles Gallo Sánchez, directora nacional de Educación Preescolar, precisó que las normas jurídicas también benefician a las madres trabajadoras del sector estatal y privado.
Debido a las limitaciones existentes hoy para dar respuesta a todas las familias que solicitan un círculo para sus niños, las nuevas normativas permitirán organizar mejor el otorgamiento de las capacidades en estos centros, aseguró.
Como requisito, la madre debe ser una trabajadora activa. Esta condición también se le puede dar al padre o tutor, en caso de que estén al cuidado del pequeño.
La solicitud se realizará en las direcciones municipales de educación, siempre presentando su carné de identidad y la tarjeta de menor del niño, una planilla de solicitud de círculo infantil y una carta del centro de trabajo, con la firma de los máximos representantes de esa entidad y un cuño legible.
Las trabajadoras que tengan dos hijos, pagarán por el círculo infantil un 50 % por cada uno. La madre que tenga tres niños, los dos primeros se mantienen con la condición anterior, y el tercero se exonera de pago. Las mujeres que hayan tenido partos múltiples no tendrán que pagar este serivicio.
Para cualquier reclamación o duda sobre el proceso de inserción de los niños en los círculos infantiles, las interesadas pueden dirigirse a las comisiones municipales o provinciales, a la dirección del Ministerio de Educación de Preescolar o a la atención a la población del MINED.
INSERCIÓN EN INTERNADOS Y SEMINTERNADOS
Carmen Rosa Rodríguez Hernández, metodóloga de la dirección nacional de primaria, del Ministerio de Educación, comentó que «hubo que readecuar los requisitos de ingreso al servicio de internado y seminternado de la educación primaria, considerando los recursos y capacidades existentes».
Esta nueva resolución permite un mayor poder de decisión y faculta a los consejos de dirección de las instituciones educativas y de las direcciones municipales a la hora de matricular a los niños con edades comprendidas entre seis y 11 años en el internado o seminternado de la educación primaria.
Las normas promueven la protección y bienestar de la mujer cubana, y buscan darles seguridad para que tengan una maternidad plena e intentan garantizar el cuidado de sus hijos y sus permanencias en los puestos de trabajo.
Tomado de periódico Granma
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